La norma crea el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), el cual puede dictar la expulsión de extranjeros en dos casos específicos. El primero de ellos es por encontrarse en situación migratoria irregular al ingresar al país sin realizar el control migratorio de conformidad con la normativa vigente. Y en el segundo caso cuando se compruebe que realizan actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.
En conferencia de prensa, el Presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, explicó que el PASEE funcionará en pasos. Primero, la Policía Nacional del Perú va a intervenir a las personas que no tengan ninguna acreditación dentro del sistema migratorio nacional. La Policía expide un informe a la Superintendencia de Migraciones y esta realiza una audiencia única, la misma que puede ser virtual o presencial, y no podrá exceder las 24 horas contabilizadas desde la retención administrativa efectuada por la Policía.
En caso de comprobarse la comisión de la infracción, Migraciones emite la resolución de sanción que ordena la expulsión inmediata.
“Esa resolución se deriva a la División de Extranjería de la Policía para que se realice la expulsión. Este procedimiento (…) respeta el derecho de defensa, (…) y todas las garantías que un ciudadano puede requerir, pero de manera rápida y célere”, dijo Otárola.
La norma también faculta a la Superintendencia de Migraciones a sancionar a las empresas de transporte interprovincial que trasladen a personas extranjeras con documentación irregular.
En mayo, el Ejecutivo dio un último plazo de seis meses para que los extranjeros residentes en Perú puedan tramitar el Permiso Temporal de Permanencia —que regulariza su estatus migratorio— y se acojan a una amnistía de multas.