También se excluyó a otros dieciséis imputados, así como al partido político de Fujimori, Fuerza Popular. Aún quedan los cargos de organización criminal, lavado de activos y falsa declaración en proceso administrativo con falsedad genérica.
Keiko Fujimori será juzgada por tres delitos: organización criminal, lavado de activos y falsa declaración con falsedad genérica. Foto: La República
Keiko Fujimori, fundadora del partido político Fuerza Popular y exprimera dama del Perú durante el mandato de su padre, Alberto Fujimori, ha sido excluida, junto con otros dieciséis imputados, del delito de obstrucción a la justicia en medio del juicio oral en su contra por el ‘Caso Cocteles’. La Fiscalía la acusa por los presuntos aportes ilícitos que habría recibido durante sus campañas presidenciales de 2011 y 2016. De esta forma, excluyen a Keiko Fujimori del delito de obstrucción a la justicia.
La decisión tomada por los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional se dio como parte del cumplimiento de una sentencia previa del Tribunal Constitucional (TC), que falló a favor de Arsenio Oré, uno de los abogados implicados. La Fiscalía lo sindica de haber presionado a los testigos e involucrados en el caso para evitar que declaren ante los fiscales, razón por la cual se le acusaba por la comisión del delito de obstrucción a la justicia.
Sin embargo, Oré denunció que el fiscal a cargo del ‘Caso Cocteles’, José Domingo Pérez, no debió investigarlo, pues también era agraviado del supuesto delito, por lo que se vulneró el debido proceso y la garantía a la imparcialidad.
Ya no intervendrán más en las audiencias como imputados
Con la decisión del juzgado, los abogados Edward García Navarro, Luis Lazo Mendoza, Lorena Gamero Calero, Danae Calderón Castro y Giulliana Loza Ávalos, quedaron fuera del juicio y ya no intervendrán más en las audiencias como imputados. Asimismo, Keiko Fujimori Higuchi, Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Chlimper, Adriana Tarazona, Luis Mejía Lecca, Ytalo Pachas, Aurora Torrejón, Walter Rengifo y Fuerza Popular ya no serán juzgados por obstrucción a la justicia, pero sí por otros delitos que tiene penas más altas como lavado de activos, organización criminal y falsa declaración en proceso administrativo con falsedad genérica.